Para adentrarnos en el tema es importante entender que es el robo de identidad en cuestiones bancarias; en la actualidad este delito va en incremento y creciendo exponencialmente de la mano con la tecnología y la sociedad , y se puede definir para fines prácticos y de compresión como la acción de que una persona obtenga, transfiera, posea o utilice de manera no autorizada datos personales de alguien más, con la intención de asumir de manera apócrifa su identidad y de esa manera poder realizar compras, obtener créditos, documentos o cualquier otro beneficio financiero mismo beneficio que a usted le perjudicaría notoriamente en sus finanzas, contabilidad incluso en su relación con los bancos ya que el mal uso de su identidad incluso lo pude llegar a figurar dentro del buró de crédito, perjudicándolo directamente a que en un futuro usted quisiera conseguir algún crédito, incluso en tiendas departamentales
A efecto de comprender más sobre el tema es importante entender que conforman los datos personales o su identidad; el Instituto de transparencia, información pública y protección de datos personales del estado de Jalisco nos define que los datos personales es toda aquella información que se relaciona con nuestra persona y que nos identifica o nos hace identificables respecto a otras personas, dentro de esos datos tenemos que son aquellos que nos dan identidad, nos describen y precisan, tales como nuestra edad, domicilio, número telefónico, correo electrónico personal, trayectoria académica, laboral o profesional, patrimonio, número de seguridad social, CURP, esto solo por mencionar algunos ya que pueden ser a demás de esos creencias ideológicas, religiosas entre otros datos más.
En la actualidad es muy recurrente escuchar en los distintos medios de conminación casos en los que las cuentas bancarias de los propietarios de las mismas han sido exuberantemente desfalcadas porque alguien más uso sus tarjetas de debito de manera no autorizada para retirar dinero en efectivo, realizar traspasos, depósitos o realizar compras, mismas que pueden ser realizadas en internet, incluso en establecimientos; en algunos otros casos el robo de identidad lo usan para las tarjetas de crédito en los que se generan cargos no reconocidos, creando deudas interminables de pagar, si usted fue víctima de esos actos es de suma importancia que actué a tiempo y acuda con un experto en el tema; en CONSORCIO JURÍDICO LUNA Y ASOCIADOS puede conseguir ayuda profesional para esos momentos de angustia contando con una vasta recomendación y preferencia por nuestros clientes; ya que es posible impugnar los.
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cargos hechos por los consumos, depósitos, retiros, transferencias, compras, solicitudes de crédito concedidas, entre otros movimientos bancarios que lo puedan afectar realizados con anterioridad al aviso de robo o extravío esto a través de la acción conocida por los profesionales en derecho como << acción de nulidad del pagaré o vouchers>>, la importancia de que usted actué a tiempo y de manera pronta radica en que de conformidad con un criterio jurisprudencial, emitido por la Primera Sala la << acción de nulidad del pagaré o vouchers>> solo podrá objetarlo dentro del plazo señalado por la emisora, el cual no podrá ser menor a noventa días contados a partir de la fecha de corte.
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Con el asesoramiento de profesionales como nosotros ejerciendo la acción de nulidad, misma que se mencionó anteriormente se podrá impugnar a su proveedor bancario la omisión de cumplir con sus obligaciones, mismas que son establecidas por la legislación que regula el actuar de estas instituciones; esta es la <>,misma ley que en su artículo 52, nos menciona de manera sintetizada que las instituciones de crédito podrán realizar operaciones con sus clientes a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, ya sean públicas o privadas, esto previamente a establecerse entre las partes el medio y las claves de acceso, lo anterior, para efectos de evitar que se haga uso indebido de esos medios, y en caso de detectarse alguna irregularidad, la institución puede suspender o cancelar el trámite de cualquier operación, es decir, que puede rehusar el cargo y suspender el servicio para efectuar las investigaciones correspondientes y asegurarse de que alguna operación fue realizada con autorización y consentimiento del usuario, incluso nos menciona que las instituciones que por error hayan abonado recursos en alguna de las cuentas que lleven a su clientela, podrán cargar el importe respectivo a la cuenta de que se trate con el propósito de corregir el error, y esto se logra únicamente recurriendo a la vía judicial, misma vía que por nuestra experiencia le podemos guiar a usted a lograr su cometido, el reembolso de un desfalco que haya sufrido sus cuentas bancarias por algún uso indebido de sus datos personales , mismo que se traduce al robo de identidad.
Existen aun más buenas noticias para usted, además de poder conseguir el reembolso total del desfalco del cual fue víctima, es posible demandar por el pago del interés de tipo legal que se haya convenido al momento de realizar la contratación de los servicios con la institución bancaria que figure como su proveedor; entendiendo al interés de tipo legal como aquel interés que haya sido figado legalmente mismo que tiene como función primordial calcular el montante que el deudor debe abonar al acreedor en concepto de la indemnización por daños y perjuicios que le pudieron haber generado.
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Aunado a ello, es importante que usted sepa que se le pude demandar además ala institución bancaria que funge como su proveedor el pago de gastos y costos, esto se traduce a que existe la exponencial posibilidad de que al momento del que el juez dicte la sentencia de su juicio condene a la institución bancaria al pago de los gastos y costas que pudieron generarse para la ventilación de dicho juicio, causando por ende que usted no tenga una merma mayor a la que ya sufrió a consecuencia del robo de identidad bancaria.
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