¿QUÉ ES EL DEBIDO PROCESO?

Podemos definir el debido proceso como la garantía procesal que debe estar presente en toda clase de procesos, ya sea en materia penal, civil, administrativo, entre otros; en materia penal, el debido proceso es el conjunto de formalidades esenciales que se observan en el procedimiento legal, con el fin de asegurar o defender los derechos y libertades de la persona que es acusada de cometer un delito. Es el medio con el que toda persona cuenta para hacer valer sus derechos, a lo que se le conoce como “derecho a un recurso”. El debido proceso incluye las condiciones que se deben de cumplir para asegurar a toda persona que es acusada de cometer un delito, a que ésta se pueda defender, garantizándole el cumplimiento de sus derechos, a lo que se le conoce como “derecho al debido proceso legal”.

El debido proceso incluye las condiciones que se deben de cumplir para el aseguramiento de toda persona procesada, indiciada, vinculada o sentenciada, se pueda defender, dejando en claro que en todo momento se deben hacer valer sus derechos constitucionales y humanos, pues el debido proceso es un mecanismo que se encuentra reconocido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, así como diversos Tratados Internacionales en los que México forma parte. 

Por lo anterior, la Corte Interamericana de Derechos Humanos llama a este proceso como “el derecho de defensa procesal”, el cual, es una garantía procesal que debe de estar presente en toda clase de procesos, pues busca la igualdad, imparcialidad, respeto, la verdad, la justicia, legalidad y su correcta aplicación de las leyes que se encuentran dentro de un marco de respeto hacia la dignidad humana.

En nuestra Constitución Mexicana, el derecho al debido proceso lo contemplamos en el artículo 14, el cual nos dice: 

Art. 14.- A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.


Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.

En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.

El artículo anterior, consiste en otorgar al gobernado la oportunidad de defensa previo al acto privativo de la libertad, la vida, propiedad, posesiones o derechos, así como su debido respeto, por lo que obliga a las autoridades a que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento, pues estas son necesarias para garantizar una defensa adecuada antes del acto de privación, pues dicho procedimiento debe de cumplir con ciertos requisitos:

  1. La notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias; 
  2. La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; 
  3. La oportunidad de alegar; y 
  4. El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas. 

Si no se llegaran a cumplir estas formalidades, se deja de cumplir con el fin de la garantía de audiencia, cuya finalidad es evitar la indefensión del afectado, sin hacer distinción alguna, es decir, no debe existir discriminación alguna, por ende, cualquier persona puede hacer valer su derecho humano y ser juzgado de la manera correcta, debida, llevando a cabo cada uno de los procedimientos y formalidades que se requieren para su caso en concreto, de lo contrario, se estarían violentando sus derechos constitucionales, sus derechos humanos, por lo que la detención del inculpado, en materia penal, puede llegar a ser una detención ilegal, anticonstitucional, y éste, puede quedar en libertad por no hacerle cumplir su derecho al debido proceso.

En Consorcio Jurídico Luna y Asociados, sabemos la importancia que es que todo ser humano haga valer sus derechos, tanto humanos como constitucionales, por lo que, si usted sospecha que ha sido víctima de la violación a su derecho del debido proceso, nosotros estamos dispuestos a ayudarle en su caso, guiándolo y estudiando su caso en concreto para así determinar en qué momento su derecho le fue violentado y hacerlo valer.

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Lic. Ismael Luna

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