¿CÓMO RESCINDIR LA RELACIÓN LABORAL SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRÓN?

La rescisión laboral es una acción legal que permite finalizar, antes de tiempo, la relación laboral entre patrón-trabajador, por alguna causa señalada en la ley o bien, derivada del incumplimiento de una de las partes, sin que ello implique responsabilidad para la parte afectada.

Existen diversas causas en las que usted como patrón puede dar por rescindida la relación laboral sin que esto le cause responsabilidad alguna, pues dichas causas están justificadas y aprobadas por la Ley Federal del Trabajo en su artículo 47.

Algunas de las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón son:

  1. Engaño del trabajador.
  2. Faltas de probidad y honradez por parte del trabajador.
  3. Agredir a los compañeros de trabajo.
  4. Cometer actos contra el patrón, sus familiares o representantes.
  5. Dañar intencionalmente la maquinaria o equipo de trabajo.
  6. Dañar por descuido la maquinaria o equipo de trabajo.
  7. Poner en riesgo la seguridad del centro laboral.
  8. Cometer actos inmorales.
  9. Revelación de secretos de fabricación.
  10. Faltas injustificadas.
  11. Desobediencia del trabajador.
  12. No adoptar las medidas preventivas de seguridad e higiene.
  13. Asistir en estado inconveniente al trabajo.
  14. Cumplir con pena de prisión impuesta.

Es importante mencionar que, hay que acreditar que efectivamente el trabajador ha incumplido o ha cometido una de las causas mencionadas anteriormente y que, independientemente de la falta que cometa el trabajador, éste debe ser notificado de la rescisión laboral, es decir, el patrón que despida a alguno de sus trabajadores con justa justificación, se le deberá de avisar por medio de un escrito en donde se le comunique el motivo de la rescisión; dicho aviso se le deberá de entregar de manera personal, ya sea en el momento del despido o bien, se deberá de comunicar al Tribunal competente, que en la opinión de los expertos en derecho de Consorcio Jurídico Luna y Asociados, es lo más recomendable, pues pueden llegar a existir casos en los que por falta de notificación previa, el patrón pueda llegar a caer en responsabilidades que afecten su bolsillo o hasta su reputación, por lo que nosotros le brindaremos la debida asesoría para que esto no ocurra, guiándolo en todos y cada uno de los pasos que se requieren para esta situación. 

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Lic. Ismael Luna

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